Acreditación

Carrera Acreditada por 5 años
desde Dic. 2016 a Dic. 2021
Impartida en Valparaíso y Santiago, jornada diurna y presencial.
Agencia AcreditAcción.

www.ingenieriaoceanica.uv.cl

Redes Sociales

FacebookTwitterGoogle BookmarksRedditLinkedin

Condenan a dos ingenieros civiles por el desplome de edificios el 27-F

PDF
Imprimir
E-mail
Modificar tamaño de letra:

Inmuebles se derrumbaron en cerro O’Higgins de Constitución. Profesionales arriesgan tres años de cárcel por caída de blocks donde ocho personas murieron aplastadas.


Santiago, Chile. 4 mayo, 2012. La Primera Sala del Tribunal Oral de Talca condenó ayer por homicidio culposo a dos ingenieros civiles debido a su negligente participación en el proyecto de edificación de dos edificios sociales que incumplían con la norma sísmica 433 (vigente desde el año 1997), los cuales se desplomaron y provocaron la muerte de ocho personas en el cerro O’Higgins de Constitución durante el terremoto del 27 de febrero de 2010. Este es el primer fallo judicial que involucra a víctimas del terremoto. En otros casos, como el desplome del edificio Alto Río, en Concepción, aún no se fija fecha para el inicio del juicio oral.

Los jueces María Isabel González, Iván Villarroel y Jeannette Valdés argumentaron en su fallo que el dueño de la empresa de ingeniería Arcosen, Ricardo Aránguiz, suscribió cada uno de los planos de cálculo estructural del proyecto con un coeficiente sísmico (0,15) inferior al que correspondía para la zona de Constitución y el suelo en que se construyeron los departamentos. “En efecto, la falta de cuidado en la elaboración de planos estructurales, incumpliendo la norma sísmica (…) cuya finalidad última es salvaguardar la vida humana, fue asumida directamente por el acusado (Aránguiz) al validar con su firma tales proyectos, conforme al normal ejercicio de su profesión, es decir, validar dicho diseño y cálculos, lo que implica confirmar que están bien hechos”, dice el veredicto.

Al ex ingeniero del Serviu Óscar Castro, en tanto, se le atribuyen incumplimientos de sus funciones como integrante de la comisión técnica encargada de revisar las ofertas de licitación. “Es dable concluir que tenía la obligación de verificar el cumplimiento normativo del proyecto, dentro de la esfera de su competencia profesional; esto es, en el ámbito de cálculo estructural, efectuando los reparos del caso, lo que no hizo (…) permitiendo con ello que se seleccionara un proyecto que incumplía la normativa sísmica, con las perniciosas consecuencias posteriores”, argumentaron los magistrados. Aránguiz y Castro arriesgan tres años y un día de presidio, lo que se conocerá el 17 de mayo, cuando el tribunal anuncie la condena.

Para la fiscal Paula Rojas, “lo más trascendente es que se descartaron las versiones de las defensas, en orden a que la causa del colapso eran ampliaciones realizadas por las víctimas, que habían debilitado el edificio, y al socavamiento de una ladera. El tribunal determinó que era un incumplimiento de una norma de coeficiente sísmico”.

En paralelo, fueron absueltos seis constructores civiles, entre ellos, el ex director de obras de Constitución Mario Pérez, la ex jefa del Serviu Doris Illanes, y los propietarios de la empresa Consanit, que levantó los edificios, Hernán y Manuel Lazcano. “Estoy conforme, se reconoció que hubo falla humana”, afirmó Ángela Bravo, hermana de una de las víctimas.

El abogado querellante Raúl Meza adelantó que pedirá la nulidad del juicio, por considerar que los profesionales absueltos “sí son responsables”.

Fuente: El Mercuerio, a través de www.seconstruye.cl, revisado el 08-05-2012